Hogar: Conocé en detalle la cobertura

martes, 15 de marzo de 2016

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Carlos Gutierre
Cobertura/Riesgo
Incendio edificio y/o contenido general 
De contratación adicional: Huracán, Vendaval, ciclón y/o tornado, Granizo y Terremoto 
Cubre
Daños materiales por causa del fuego, rayo y/o explosión de edificio y su contenido.
Daños materiales directos producidos por humo, hechos de tumulto popular, huelga, lock-uot, malevolencia, vandalismo e impacto de vehículos.
Daños ocasionados por el agua a consecuencia del trabajo de los bomberos para extinguir el fuego.
Principales exclusiones
Daños producidos por la corriente eléctrica, descargas u otros fenómenos eléctricos que afecten una máquina, aparato o equipo, aunque genere incendio, quedando cubiertos los daños por la propagación del incendio.
Vicio propio.
Medida de la Prestación - Franquicia
Incendio edificio: prorrata. Incendio contenido general: primer riesgo absoluto.
Robo contenido general 
Cubre
Cubre los bienes en forma global bajo una única suma y los daños que los ladrones ocasionen al edificio hasta un 15% de la suma asegurada. Incluye el mobiliario, la ropa, los aparatos electrodomésticos y efectos personales que se encuentran en la vivienda propiedad del Asegurado, de sus familiares o de las personas que con él convivan o del personal de servicio.
Bienes con valor limitado para esta cobertura (electrónica, tapados de piel, joyas, etc.) serán indemnizados hasta un 20% por objeto o hasta un 50% por el conjunto de la suma asegurada en forma global. En el caso de bienes pertenecientes a huéspedes, se indemnizará un 10% de la suma asegurada contra robo.
Principales exclusiones
Robos de bienes al aire libre, valores, moneda, metales preciosos, documentos, acciones, bonos, vehículos con licencia y animales.
Se excluye el riesgo de hurto en los casos en que se desarrollen actividades comerciales o civiles en comunicación con la vivienda, que permitan el acceso de terceros. Pérdida de bienes que se encuentren en una construcción separada de la vivienda principal con acceso propio, que no reúna las condiciones de seguridad de aquella.
Pérdida de bienes que se encuentren en corredores, patios y terrazas al aire libre.
Cuando el robo o hurto ocurra mientras la vivienda asegurada se encuentre deshabitada por un período de tiempo prolongado.
Medida de la Prestación - Franquicia
Primer riesgo absoluto.
Robo contenido general exclusivo. 
Cubre
Cubre los bienes en forma global bajo una única suma. Sin limitación de suma asegurada para aparatos electrónicos
Principales exclusiones
Cuando la vivienda se encuentre total o parcialmente ocupada por terceros, con excepción de los huéspedes.
Medida de la Prestación - Franquicia
Primer riesgo absoluto.
Robo contenido específico. 
Cubre
Se cubren los bienes en forma individual, detallando sus características y valores asegurados.
Principales exclusiones
Reparación, restauración, limpieza o renovación de los bienes asegurados.
Medida de la Prestación - Franquicia
Prorrata.
Robo objetos diversos. 
Cubre
Pérdida de los bienes detallados a consecuencia de robo o hurto, dentro del territorio de la república argentina y países limítrofes. Se pueden incluir filmadoras, cámaras fotográficas, relojes pulsera, computadoras notebook, tapados de piel y objetos en general, detallando marca, modelo y nº de serie.
Principales exclusiones
No se indemnizarán las pérdidas si los bienes se encuentran dentro de un vehículo sin custodia personal directa, salvo que se encuentren en el baúl u otro compartimento debidamente cerrado con llave y no pudiera ser visto desde el exterior.
Medida de la Prestación - Franquicia
Prorrata.
Cristales. 
Cubre
Reposición de vidrios o cristales verticales ante roturas o rajaduras: ventanas, puertas, vidrieras o espejos. Se incluye el costo de colocación de las mismas.
Principales exclusiones
Movimiento o traslados de piezas. Ralladuras, hendiduras u otros daños Marcos, cuadros, armazones o accesorios. El valor de la pintura, grabado, inscripciones, letras, dibujos u otras aplicaciones de cualquier naturaleza.
Medida de la Prestación - Franquicia
A primer riesgo absoluto.
Todo riesgo aparatos electrónicos.
Cubre
Daños en aparatos de audio, TV y video exclusivamente por robo e incendio. Reposición de aparatos electrónicos provocados por accidentes dentro de la vivienda.
Medida de la Prestación - Franquicia
A prorrata.
Seguro técnico – equipos de computación 
De contratación adicional: Daños ocasionados por fallas en el aprovisionamiento de energía eléctrica de la red pública. 
Cubre
Robo, incendio y daños sufridos por los equipos asegurados por causa accidental, súbita e imprevista mientras se encuentren en el domicilio asegurado.
Principales exclusiones
Daños a partes que sufren desgaste, vicio propio.
Defectos estéticos, ralladuras.
Daños consecuenciales por pérdida de la información Daños al software o programas.
Medida de la Prestación - Franquicia
A prorrata
Responsabilidad civil hechos privados 
De contratación adicional: Daños por el uso de pileta de su propiedad. 
Cubre
Daños y/o lesiones que se ocasionen a terceros, sea dentro o fuera de la casa, imputables al asegurado o a cualquier miembro de su familia. Por ejemplo: electrocución de un invitado, caída de mampostería, lesión causada por un animal de su propiedad.
Principales exclusiones
Uso de vehículos Daños a cosas ajenas que se encuentren en poder del asegurado o de su familia Efecto de la temperatura, vapores, humedad, rotura de cañerías.
Medida de la Prestación - Franquicia
A primer riesgo absoluto . Franquicia del 10% de la indemnización, con un mínimo del 1% y un máximo del 5% del valor asegurado.
Responsabilidad civil hacia linderos
Daños materiales a inmuebles linderos como consecuencia de un siniestro, amparado por la cobertura de incendio, originado en el inmueble asegurador.
Principales exclusiones
Lesiones o muertes Daños producidos por el uso de las instalaciones fijas destinadas a producir, transportar o producir vapor y/o agua caliente.
Medida de la Prestación - Franquicia
A primer riesgo absoluto.
 Accidentes personales Individual: 
Cubre
Cubre al titular de la póliza por muerte o incapacidad permanente total o parcial como consecuencia de accidente en cualquier lugar del mundo los 365 días del año.
También están cubiertos los daños ocurridos durante la práctica de deportes no profesionales o mientras se esté circulando en vehículos automotores, medios fluviales, marítimos o aéreos, quedando excluido el transporte en motocicletas o similares.
Colectivo: para personal de servicio que cubre hasta 2 personas, mientras esté realizando su actividad en el domicilio asegurado.
Principales exclusiones
Enfermedades en general, incluso las producidas por picaduras de insectos. Accidentes derivados del uso de motocicletas y vehículos similares.
Accidentes derivados de la práctica de deportes peligrosos o de aventura, como alpinismo, rafting, esquí acuático, parapente y otros similares
Accidentes derivados del uso de aeronaves, cuando no se trate de línea regular.
Medida de la Prestación - Franquicia
 A primer riesgo absoluto.
Remoción de escombros. 
Cubre
Gastos por limpieza y/o retiro de escombros del edificio o del contenido (según el riesgo amparado) destruidos y/o dañados por incendio u otro riesgo amparado en la póliza, hasta el 5% del valor asegurado del edificio.
Medida de la Prestación - Franquicia
A primer riesgo absoluto.
Daños por agua. 
Cubre
Daños causados a bienes asegurados por derrame, desborde, filtración o escape de agua ocasionados por rotura, obstrucción o falta de instalación destinada a contener o distribuir el agua (tanques, cañerías, etc.).
Principales exclusiones
 No se cubre el daño a la instalación en sí, sino el daño que el agua produzca al edificio o al contenido de la vivienda asegurada.
No está cubierta la rotura en la pared para reparar la pérdida.
Daños por inundación y agua de lluvia No se amparan bienes de terceros.
Medida de la Prestación - Franquicia
A primer riesgo absoluto.
Gastos alojamiento. 
Cubre
Gastos extra por hospedaje como consecuencia de un siniestro cubierto por la póliza que impida habitar la vivienda asegurada. Se cubre a partir del 3º día de alojamiento, hasta el monto indicado en las condiciones particulares o hasta el momento en que esté nuevamente habitable la vivienda.
Principales exclusiones
Productos alimenticios, bebidas y refrigerios Gastos médicos y farmacéuticos
Principales exclusiones
A primer riesgo abso
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