Seguros Rivadavia: Información Ütil

domingo, 20 de marzo de 2016

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¿Dónde puedo pagar las cuotas de mi seguro?
En cualquiera de nuestros Centros de Atención en todo el país o tomando contacto con su Productor Asesor de Seguros. Asimismo, el pago de las cuotas de su seguro puede hacerse desde cualquier cajero de la red Banelco o en los locales de las redes Pago Fácil, Rapipago o Bapro Pagos, descargando el formulario correspondiente desde estapágina web.
También podrá hacerlo desde su hogar, ingresando al sitiowww.pagomiscuentas.com o por el sistema telefónico de Rapipago (0810-345-7274) con débito por tarjeta de crédito.
¿De qué manera puedo abonar mi seguro?
Usted podrá abonar las cuotas de su seguro tanto en efectivo como por los sistemas de débito automático de su tarjeta de crédito, de su cuenta corriente o caja de ahorro por CBU, con la ventaja de no tener que recordar vencimientos para tener sus riesgos cubiertos.
¿Qué es lo que pago? ¿La prima o el premio?
Lo que usted abona es el premio o precio del seguro, el cual está integrado por la prima (costo técnico del seguro) más otros conceptos, tales como impuestos, tasas, gravámenes y recargos administrativos.
¿Qué debo hacer en caso de sufrir un siniestro?
En la generalidad de los casos, usted deberá dirigirse a cualquiera de los Centros de Atención de Seguros Rivadavia para informar la ocurrencia del hecho y efectuar la correspondiente denuncia administrativa, dentro de los tres días de sucedido. En caso de robo del vehículo asegurado o de existir lesionados en oportunidad de un accidente de tránsito, deberá tomar contacto de inmediato con las autoridades policiales, a los efectos de formalizar la denuncia pertinente.
Recuerde que cumplir con lo indicado en el plazo previsto constituye el requisito esencial para percibir la indemnización.
Para mayor información, consulte en cualquiera de nuestros Centros de Atención.
¿Existe la posibilidad de que quede desprotegido contando con una póliza de seguro?
La condición fundamental para estar cubierto es que la cuota de su seguro esté al día. Como mencionamos anteriormente, a partir de la fecha de pago cuenta con 5 días para efectuar el mismo. Vencido el plazo sin que éste se hubiera producido, la cobertura quedará automáticamente suspendida desde la hora 24 del día del vencimiento impago, sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial alguna, ni constitución en mora, la que se producirá por el solo vencimiento de ese plazo.
Toda rehabilitación de cobertura surtirá efecto desde la hora 0 (cero) del día siguiente a aquél en que recibamos el pago del importe vencido.
¿Cómo debo proceder para efectuar algún cambio en una de mis pólizas?
Contáctese con cualquiera de nuestros Centros de Atención o con su productor asesor de seguros.
¿Puedo tomar un seguro por un período menor a un año?
Sí, desde luego.
¿Estoy obligado por el Estado a contratar algún tipo de seguro?
Sí. Por ejemplo, es obligatoria la contratación del seguro de Responsabilidad Civil para los vehículos particulares, comerciales o de transporte de personas. Contáctenos y podremos asesorarlo.
Si soy un tercero, ¿cómo debo presentar mi reclamo en Seguros Rivadavia?
Si ha tenido un siniestro con uno de nuestros asegurados, podrá presentar un reclamo administrativo. Dentro de nuestra página Web, en el sector Servicios Online/Terceros, podrá consultar los Centros de Atención y los horarios disponibles para efectivizar dicho reclamo. Además podrá acceder al formulario correspondiente para la presentación del mismo, donde consta la documentación necesaria en cada caso. Para comunicarse vía telefónica, ahí mismo se encuentran los números destinados a este fin. Allí le brindarán el asesoramiento necesario y le informarán si nuestro asegurado ha efectuado su denuncia, requisito necesario para la resolución de su reclamo.
Una vez coordinada su presentación, la documentación que deberá acompañar es la siguiente:

I) En caso de reclamo por daños materiales:
a) Nota de reclamo (la forma respectiva le será provista en nuestro Centro de Atención).
b) Fotocopia del documento de identidad oficial, que acredite fehacientemente que quien reclama es el propietario de la cosa dañada.
c) Original de la denuncia policial.
d) Certificado de cobertura original extendido por su aseguradora y actualizado a la fecha del siniestro. De no contar con un seguro vigente sobre el bien dañado, deberá aportar una nota en carácter de declaración jurada en tal sentido.
e) Fotocopia del frente de su póliza de seguro.
f) Fotocopia de la denuncia administrativa del siniestro, efectuada en su compañía aseguradora, con el sello de recepción respectivo.
g) Si por algún motivo razonable el bien dañado no pudiera ser presentado en nuestro centro de atención para su correspondiente inspección, deberá indicar el sitio donde éste se encontrase depositado.
II) En caso de reclamo por daños personales:
a) Nota del reclamo (la forma respectiva le será provista por nuestro centro de atención).
b) Comprobantes de gastos que avalen el importe reclamado (debidamente firmados por los profesionales o institutos que los hubieran otorgado).
c) Historia clínica.
d) Acompañar las partidas que acrediten filiación con el causante (en caso de fallecimiento) o legitimación de los padres (en el supuesto de existir menores lesionados); partida de matrimonio, en su caso, así como el correspondiente certificado de defunción; información sobre la aseguradora de riesgos del trabajo (ART) del tercero o fallecido; etc.
Thank you for visited me, Have a question ? Contact on : youremail@gmail.com.
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