COBERTURAS
Ampara las 24 hs. del día inclusive en ámbitos habituales de la actividad desempeñada por el Asegurado (queda cubierto tambien el accidente in-itinere).
Adicionales:
- Asistencia médico-farmacéutica.-
- Gastos de Sepelio.
Limitaciones de la cobertura:
- Actividades de riesgo (consultar con su Asesor Productor de Seguros).-
- Practicas deportivas.
- Edades límites mayores 14 años – menores 65 años.
COMO ACTUAR EN CASO DE SINIESTRO
En caso de accidente grave, trasladar al lesionado al centro asistencial, más cercano al de ocurrencia del siniestro.
Si el accidente fuera leve, contactarse con nuestras Oficinas Administrativas o con su Asesor de Seguros quien lo derivara al Centro Asistencial más adecuado para su atención.
En todos los casos contactarse con su Productor Asesor de Seguros, para proceder a la confección de la denuncia administrativa correspondiente.
Tener en cuenta:
No asumir compromisos de pagos, ni de ninguna otra especie, sin la conformidad de la Aseguradora.
Cualquier solicitud de estudios de alta complejidad, provisión de prótesis, traslados en ambulancias u de otro tipo, deberá ser autorizado por la Aseguradora.
Documentación requerida:
- En caso de invalidez:
- DENUNCIA ADMINISTRATIVA DEL SINIESTRO (mediante la gestión del Asesor de Seguros).
- DENUNCIA POLICIAL (en caso de haber ocurrido el accidente en la vía pública).
- ANTECEDENTES MEDICOS (dictamen médico, estudios clínicos, foto, etc.) para evaluar la invalidez.
- En caso de muerte:
- COPIA LEGALIZADA DE LA PARTIDA DE DEFUNCION.
- DENUNCIA ADMINISTRATIVA DEL SINIESTRO (mediante la gestión del Asesor de Seguros).
- DENUNCIA POLICIAL.
FORMULARIOS
Aquí Ud. encontrará los formularios necesarios para cada trámite a realizar.
Podrá completarlos, imprimirlos y hacérselos llegar a su Agente de Seguros.
PREGUNTAS FRECUENTES
¿Existe algún límite de edad para suscribir este riesgo?
Si hasta los 65 años.
¿Por que período de tiempo se puede suscribir un contrato?
Puede ser desde 1 día hasta 1 año.
¿Que cobertura ampara este riesgo?
Puede cubrirse Muerte e Incapacidad parcial y/o Total, a esta cobertura puede adicionarse la cobertura de Asistencia Médico Farmacéutica y Reintegro por gastos de Sepelio (en todos los casos debe suscribirse por un monto determinado)
¿La cobertura tiene franquicia?
Únicamente en el caso de Asistencia médico-farmacéutica (es optativa)
¿Se amparan enfermedades pre-existentes?
En ningún caso, están excluidas.
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