Responsabilidad civil.
CUBRE
Reclamos que pueda recibir el asegurado por daños causados a terceras personas o sus bienes, ya sean producidos por él o por quien conduzca su automóvil. Incluye el seguro obligatorio establecido por la Ley de Tránsito nº 24.449
PRINCIPALES EXCLUSIONES
- No se indemnizarán los daños sufridos por:
- El cónyuge y los parientes del asegurado, conductor o del propietario del vehículo hasta tercer grado de consanguinidad.
- En el caso de sociedades, los directivos.
- Las personas en relación de dependencia laboral del asegurado o conductor, en tanto el evento se produzca en oportunidad o con motivo del trabajo.
- Pacientes transportados si el rodado asegurado es una ambulancia.
- Terceras personas transportadas en los siguientes vehículos: tractores y máquinas; maquinaria vial; acoplados y semi-remolques; casas rodantes (sin propulsión propia); bantams y trailers.
PARTICULARIDADES
La cantidad de personas cubiertas en cada unidad depende de las especificaciones de fábrica y en el caso de transporte de pasajeros la habilitación municipal, comunal o de la comisión nacional de transporte para tráfico interjuridisccional.
Incendio
total o parcial
CUBRE
1) Los daños materiales que sufra el vehículo asegurado por la acción del fuego, explosión, roce o choque de o con otros vehículos, personas, animales o cualquier otro agente externo y ajeno al mismo vehículo.
2) Daños de incendio como consecuencia de terremoto, tornado, huracán o ciclón, granizo, inundación.
3) Los daños de incendio como consecuencia de hechos de huelga, lock-out o tumulto popular (siempre que Usted o el conductor no sean partícipes de dichos eventos).
PRINCIPALES EXCLUSIONES
1) Daños de orden mecánico o eléctrico, pinchaduras, cortaduras y/o reventones de neumáticos que no sean consecuencia de un acontecimiento cubierto.
2) Vicio propio, mal estado de conservación, desgaste, oxidación o corrosión.
3) Daños originados por la corriente, descarga y otros fenómenos eléctricos que afecten la instalación eléctrica, sus aparatos y circuitos, aunque se manifiesten en forma de fuego, fusión y/o explosión.
4) Daños producidos por quemadura, chamuscado, humo o cualquier deterioro que prevenga de contacto o aproximación a fuentes de calor extrañas al vehículo.
Accidente
total o parcial
CUBRE
1) Daños provocados por vuelco, despeñamiento o inmersión.
2) Daños ocasionados por roce o choque de o con otros vehículos, personas, animales o cualquier otro agente externo, sea que esté circulando al aire libre o bajo techo, fuese remolcado, o durante su transporte terrestre, fluvial o lacustre. Incluye daños ocasionados por terceros.
Robo o hurto total o parcial
CUBRE
Apoderamiento ilegítimo del automóvil o de sus partes, con o sin violencia en las cosas o intimidación de las personas.
PRINCIPALES EXCLUSIONES
1) Equipo reproductor de sonido y/o antena, aunque sea original de fábrica.
2) Daños (rotura de cristales, raspones, etc.) que sufra el automóvil como consecuencia de robo o intento de robo, salvo que su seguro incluya la cobertura de Daños Parciales por Accidentes.
3) Los faltantes, cuando se produce en Robo Total y aparece luego el automóvil, a excepción de que su seguro incluya la cobertura de Robo Parcial.
4) Tapas de ruedas, tapas de radiador y tanque de combustible, escobillas y brazas limpiaparabrisas, espejos e insignias exteriores y herramientas, formen o no parte del equipo original de fábrica.
PARTICULARIDADES
Todo accesorio o equipo incorporado al vehículo que no pertenezca al modelo original de fábrica tiene que ser declarado por el asegurado, quien deberá describir sus características y asignarle un valor para ser amparado.
Granizo
CUBRE
Indemnización de daños causados por granizo hasta límite indicado en cada plan.
PRINCIPALES EXCLUSIONES
AutoPlus+ excluye los vehículos radicados en las localidades de las provincias de Córdoba, Mendoza, San Juan y San Luis.
Accidentes personales
CUBRE
Indemnización en caso de muerte o invalidez total y permanente del conductor del vehículo asegurado, como consecuencia de un accidente de tránsito que involucre el vehículo asegurado.
PARTICULARIDADES
En las coberturas Auto Plus Más, Auto Mega y Auto Extra (con o sin franquicia), este beneficio se extiende a los familiares hasta el 3° grado de consanguinidad o afinidad.
También está cubierto/a el/la cónyuge o conviviente en aparente matrimonio.
Cristales y cerraduras
CUBRE
Rotura de cristales laterales y cerraduras por accidente, robo o incendio.
Parabrisas y luneta trasera
CUBRE
Rotura por cualquier causa.
Cubierta
CUBRE
Reposición a nueva por robo, sin depreciación por su uso.
Reposición 0 km
CUBRE
Se repone el vehículo 0 Km., en el caso de corresponder la indemnización total, siempre que al momento de ocurrir el siniestro la anfigûedad del vehículo no supere el año de fabricación.
Gastos por baja del vehículo
CUBRE
Gastos por baja del vehículo en caso de una indemnización por pérdita total del vehículo.
PRINCIPALES EXCLUSIONES
No se incluyen honorarios de gestoría, infracciones de tránsito o patentes.
Daños parciales por robo total
CUBRE
Hasta el 10% de la suma asegurada por los daños parciales en ocasión de intento robo o hurto total.
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